Un tema que vuela más cerca del suelo encontró ayer expresión en el Boletín Oficial: una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) que fija criterios de evaluación para las personas que necesitan tramitar pensiones por invalidez.
Las críticas estallaron al conocerse un anexo de la norma que define las diversas condiciones alcanzadas en base a grados tipificados como "idiota", "imbécil" y "débil mental"
Eso no sólo fue considerado ofensivo por las familias que se verían obligadas a definir de ese modo a seres queridos para completar sus trámites de pensión, sino inadecuado en relación con los usos de la ciencia actual.
Citado por La Nación, Eduardo Maidana, miembro del Foro Permanente de Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, explicó que "en todos estos años, la concepción de la discapacidad cambió. Las personas con discapacidad son sujetos de derecho, no se los llama más el autista, o el discapacitado: es Juan o Pedro, que tiene autismo o que tiene una discapacidad. Poner en la legislación una forma de llamar a la persona con cierto rango de CI es volver atrás todo lo aprendido y avanzado en los últimos 50 años".
Fuentes médicas consultadas por desPertar coincidieron en calificar esa terminología como "ofensiva", "atrasada" y "fuera de uso".
Ante el revuelo, la ANDIS afirmó que "la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta". Por eso, prometió modificar la resolución 187/2025 "siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales".